¿Te preocupa ingresar menos por estar de baja?
- 13 abril, 2017
- Link Broker Correduría
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Estar enfermo o sufrir un accidente te impide hacer tu vida con normalidad y tienen el sobrecoste de gastos médicos, medicinas, transporte, entre otros. A los inconvenientes de las enfermedades se le suma las dificultades económicas que pueden surgir cuando la prestación por baja laboral resulta insuficiente para seguir tu ritmo de vida.
Todos los trabajadores que se vean incapacitados temporalmente para realizar su actividad, que precisen asistencia sanitaria o reposo, tienen derecho a recibir un subsidio para cubrir su falta de ingresos. En función de la base reguladora y las cotizaciones de cada trabajador, la cuantía de la prestación puede variar:
- Enfermedad común: 60% del salario desde el día 4º al 20º y 75% a partir del día 21º.
- Enfermedad laboral o accidente: 75% desde el 1º día .
La incapacidad laboral no solo tiene consecuencias relacionadas con la salud, también repercuten en el nivel de ingresos. El seguro de Baja Laboral está pensado para cubrir esa diferencia en la retribución.
Todos los trabajadores, independientemente de su tipología de alta, contrato o profesión, tienen el derecho a percibir una prestación por baja a cargo de la Seguridad Social. Y, por lo tanto, todos los trabajadores se verán afectados por una reducción en sus ingresos en el caso de baja.
Los seguros de Baja Laboral son beneficiosos tanto para trabajadores por cuenta propia o ajena, aunque suelen contratarse por autónomos.
Existen varios tipos de pólizas de seguros de Baja Laboral en función de si están o no baremados. Para calcularlo se debe tener en cuenta la cobertura y en qué circunstancias el asegurado es indemnizado.
Con los seguros de Baja Laboral con baremo, en la póliza se indican los días a indemnizar en función del motivo que causa la baja y varían en función de la compañía aseguradora. Así, el asegurado fija una cantidad por día, pero sólo cobrará los días estipulados en la póliza dependiendo de la enfermedad o accidente. Cabe tener en cuenta que este tipo de pólizas no contemplan bajas de corta duración de tiempo. La ventaja de este seguro, sin embargo, es que podemos saber qué vamos a cobrar por enfermedad de antemano.
Con los seguros de Baja Laboral sin baremo, el asegurado cobra una cantidad fija de subsidio diario durante el periodo que esté laboralmente incapacitado. La cuantía se cobra una vez justificado con el parte de baja médica y los posteriores que confirmen el estado hasta el alta definitiva. Es decir, a menos que sea una baja de larga duración, el asegurado será indemnizado tras el periodo de inactividad. Si el periodo de baja es prolongado, se podrán cobrar anticipos que se descontarían de la cantidad final.
Los seguros de Baja Laboral cubren lo siguiente:
- Incapacidad temporal (por enfermedad común o laboral o accidente)
- Fallecimiento
- Invalidez permanente
- Indemnización por hospitalización
Los seguros de Baja Laboral están excluidas las bajas causadas por adicciones o imprudencias, por hechos causados voluntariamente (ya sea el tomador, asegurado o beneficiario de la póliza), cirugías estéticas o inserción en centros de reposo. Los seguros de Baja Laboral no cubren las enfermedades o lesiones existentes.
Las bajas por enfermedad o accidente pueden ocasionar una reducción de tus ingresos, para prevenir esta situación y compensar el ingreso obtenido por la Seguridad Social, lo recomendable es contratar un seguro de Baja Laboral.
Contacta a nuestros expertos si necesitas más información sobre el Seguro de Baja Laboral, llamando al 964 723 050 o entra aquí.
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